CHUBUT | El camino hacia el juicio oral en la causa que investiga una millonaria maniobra en perjuicio de los socios de la mutual Aonik Kenk sumó un nuevo y decisivo capítulo técnico. Luego de que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) fallara a favor de los intereses de la Fiscalía —convalidando que la investigación penal está en condiciones de avanzar—, se convocó a la esperada audiencia preliminar.
La Fiscalía entiende que el Superior Tribunal resolvió una cuestión de fondo y sin perjuicio de ello el juez de garantías les permitió a las defensas reeditar esos planteos (ya resueltos por el STJ). Como las acusadoras no tienen ningún recurso contra esta resolución, plantearon por escrito, en la misma fecha, una calificación alternativa para que los plazos no se sigan prolongando, considerando que el STJ resolvió el 17 de marzo y recién fue fijada el 1 de julio la audiencia preliminar. El Ministerio Público Fiscal propuso imputar a los tres acusados por estafa genérica, además de administración fraudulenta. Tras la presentación, el juez otorgó plazos para reformular la acusación y la posterior réplica de la defensa.
En ese marco, ante los planteos realizados por las defensas de los imputados, el Ministerio Público Fiscal, representado por la Fiscal General Dra. María Bottini y la Procuradora de Fiscalía Dra. María Cecilia Bagnato, presentó una calificación legal alternativa.
La acusación fiscal se dirige contra Carlos Omar Moraga, Graciela Edith Warrel y el contador Jorge Alberto Vernengo. La Fiscalía sostiene firmemente que la plataforma fáctica se mantiene intacta, pero introdujo la figura de estafa genérica de manera alternativa a la de administración fraudulenta.
La estrategia: evitar dilaciones y asegurar el juicio
El corazón de la propuesta jurídica radica en los principios de preclusión y progresividad. Desde la Fiscalía se subrayó que el STJ ya determinó la viabilidad del debate, por lo que no se puede permitir a las defensas reeditar planteos que ya fueron rechazados.
Para garantizar el principio de congruencia y dejar intacto el derecho a defensa, las fiscales mantuvieron los mismos hechos descritos en la acusación original del 11 de junio de 2024, pero diversificaron el encuadre penal en el Legajo N° 54326/2022: Los tres imputados acusados de administración fraudulenta, Bernengo además por balance falso y la calificación alternativa para los tres de estafa genérica.
La inclusión de la estafa genérica funciona como un «paracaídas» legal: si durante el juicio el tribunal considerara que no se probó de forma estricta el rol de «administradores» formales de los acusados, la conducta igual encuadraría en el engaño inicial y el perjuicio patrimonial de la estafa.
Anatomía de la maniobra
De acuerdo con la hipótesis fiscal, los tres imputados desplegaron un ardid estructurado basado en el abuso de confianza y sus roles institucionales. Carlos Moraga se habría valido de una situación de hecho para mantener un manejo prolongado en el tiempo, proyectando junto a Warrel y Vernengo una «apariencia de lealtad y normalidad institucional».
El engaño consistía en hacer creer a los asociados que la mutual operaba bajo las reglas del bien común, ocultándoles que en realidad funcionaba al margen de la fiscalización del INAES (Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social) y completamente desprovista de trazabilidad bancaria.
«El perjuicio se ejecutaba mes a mes de forma automatizada: las cuotas e intereses se retenían directamente de los sueldos de los empleados de la Cooperativa el mismo día de cobro», detallaron las investigadoras.
Ese dinero en efectivo, lejos de ingresar al circuito bancario de la mutual para la capitalización de los socios, quedaba bajo el poder de disposición arbitraria de los imputados. Para encubrir la licuación de los fondos —que incluía el canje de cheques—, se habrían confeccionado balances falsos, un delito imputado específicamente al contador.
Próximos pasos procesales
Tras escuchar la firme postura del Ministerio Público Fiscal y las réplicas de los defensores, el Juez Penal a cargo de la audiencia preliminar dictó una resolución para ordenar el trámite: decidió otorgar un plazo determinado a la Fiscalía para que reformule su pieza acusatoria incluyendo esta nueva propuesta alternativa.
Una vez presentada la reformulación, se conferirá traslado inmediato a las defensas, quienes contarán con su respectivo plazo legal para contestarla. Cumplido este intercambio de rigor, el camino quedará se completará la audiencia preliminar. Fuente MPF









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