ESQUEL, Chubut – Residentes del barrio Villa Ayelén manifestaron su creciente inquietud y malestar ante la presunta presencia reiterada de un vehículo aéreo no tripulado (drone) que ha estado operando a baja altura en diversos sectores de la zona residencial. Según explicaron los damnificados, el dispositivo no solo sobrevuela el perímetro de las viviendas, sino que ha llegado a aproximarse directamente a las ventanas y espacios privados, generando preocupación por la seguridad e intimidad de las familias.

Los testimonios dan cuenta de episodios registrados a lo largo de varios días. En algunas oportunidades, el equipo fue observado desplazándose por arterias principales del barrio —como las calles Los Cohiues y Roble Pellín— para luego dirigirse hacia sectores aledaños. Sin embargo, la mayor alarma surge de aquellos momentos en que el drone fue avistado posándose o merodeando a escasos metros de los ventanales de las casas, en una actitud que los vecinos califican como una clara invasión a la privacidad doméstica.

Ante la gravedad del asunto, ya se formalizaron exposiciones y denuncias ante las autoridades policiales locales para que se investigue la procedencia del equipo y la identidad de su operador.

Invasión a la privacidad y aspectos legales del uso de drones

Este tipo de incidentes reabre el debate sobre los límites legales y las regulaciones vigentes en Argentina para el vuelo de Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT), los cuales están supeditados a la normativa fijada por la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).

  • Ámbito de uso y regulaciones urbanas: La normativa aeronáutica prohíbe el uso irresponsable de drones sobre zonas urbanizadas o aglomeraciones de personas sin las correspondientes autorizaciones, licencias de piloto y permisos de espacio aéreo. El vuelo recreativo no autoriza en ningún caso el sobrevuelo a baja altura sobre propiedades privadas ni la toma de imágenes sin el consentimiento explícito de sus residentes.

  • Derecho a la intimidad: El Código Civil y Comercial de la Nación, junto con las garantías constitucionales, resguarda el derecho a la privacidad. Registrar imágenes dentro del ámbito privado de un hogar a través de aberturas o patios mediante el uso de cámaras montadas en aeronaves no tripuladas configura una infracción grave contra la intimidad personal y familiar.

  • Límites de la propiedad privada: Si bien el espacio aéreo soberano está regulado por la autoridad aeronáutica, el uso de herramientas tecnológicas para observar, filmar o permanecer dentro del espacio exclusivo de una vivienda puede dar lugar a acciones judiciales por violación de domicilio e infracción a la Ley de Protección de Datos Personales.

Por el momento, el vecindario permanece en alerta a la espera de precisiones por parte de las fuerzas de seguridad e instituciones competentes para esclarecer el propósito de estos sobrevuelos y garantizar la tranquilidad en el sector.

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